QUE NOMBRA AL LOS SEÑORES ELISEO PEREZ PERDOMO Y NILO H. SOTO PRIMER SECRETARIO DE EMBAJADAS Y LEGACIONES, CONSULES DE LA REPUBLICA EN MARACAIBO Y CARACAS VENEZUELA, RESPECTIVAMENTE
| Persona | Qué dice el decreto | Cargo e institución |
|---|---|---|
| Eliseo Pérez Perdomo | Designación | Cónsul de la República en Maracaibo, Venezuela |
Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.
Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.
Eliseo Pérez Perdomo · Cónsul de la República en Maracaibo, Venezuela
Declaración jurada: el plazo estimado venció el 14 feb de 1952. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.
El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.
Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona