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Texto de la norma
-24.-
Decreto No. 7969, que convoca extraordinariamente las Camaras Legislatlvae
(G. 0. No. 7375, del 16 de enero de 1952)
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la RepQblica Dominicana
NUMERO: 7969
VISTO el parrafo del Articulo 29 de la Constituci6n de la
Xepfiblica, y en ejercicio de la atribuci6n que me confiere el in.
cis0 30 del articulo 49 de la misma, dicto el siguiente
DECRETO :
UNIC0.-
Quedm convocadas las Camaras Legislativas
para que se recnan en legislatura extraordinaria el martes 15
(le Enero del aiio en curso, a fin de que conozcan de 10s asuntos
que les someta el Poder Ejecutivo.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca-
pital de la Repitblica Dominicana, a 10s doce dias del mes de
Enero del aiio mil novecientos cincuenta y dos, aiios 1080 de la
Independencia, 890 de la Restsurzcih y 22 de la Era de Trujillq
RAFAEL L. TRUJILLO
I
Decreto No. 7370, que nombra a1 sefior Jose B. Peynado Soler, Representan-
te del Gobierno en el Congreso internacional de la Asociacion Internacional
para In Proteccion de la Propiedad Industrial.
(G. 0. No. 7407, del 22 de marzo de 19152)
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la RepGblica Dominicana
TU'UMERO: 7970
tttci6n de la Republica,
En ejercicio de las atribuciones que me confiere la Consti-
DECRETO :
El seiior Josk B. Peynado Soler, Enviado Extraordinario y
Ministro Plenipotenciario de la Republica ante la Confederacih
Helvbtica, queda nombrado Representante del Gobierno domini-
can0 en el Congreso Internacional de la Asociaci6n Internacio-
nal para la Protección de la Propiedad Industrial, que se celebrará en Viena, Austria, del 2 al 7 de junio de 1952.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los doce días del mes de enero del año mil novecientos cincuenta y dos, años 108º de la Independencia, 89º de la Restauración y 22º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO
Decreto No. 7971, que autoriza la impresión de especies timbradas.
(G. O. No. 7382, del 2 de febrero de 1952)
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 7971
VISTA la ley sobre Especies Timbradas, No. 2461, del 18 de Julio de 1950;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se autoriza la siguiente impresión de especies timbradas:
500.000 (Quinientos mil) sellos del tipo de Un Centavo Fara telégrafos y radios, color azul claro.
100.000 (Cien Mil) sellos del tipo de Cinco Centavos para telégrafos y radios, color azul oscuro.
100.000 (Cien Mil) sellos del tipo de Diez Centavos para telégrafos y radios, color anaranjado.
150.000 (Ciento Cincuenta Mil) sellos del tipo de treinta y Cinco Centavos para telégrafos y radios, color rosa claro.
100.000 (Cien Mil) sellos del tipo de Cincuenta Centavos para telégrafos y radios, color verde claro.
Estos sellos serán de forma cuadrangular, en las medidas de 35 milímetros por 24 milímetros y llevarán el siguiente diseño: En la parte superior la leyenda "República Dominicana"; a ambos lados del sello se levanta una torre de telégrafos que
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