Texto de la norma
Decreto Nº 7167 que nombra al Administrador General del Banco de Crédito Agrícola e Industrial señor Federico García Godoy, Control para la venta de azúcares para el consumo nacional.— G. O. Nº 7249, del 19 de Febrero de 1951.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 7167.
CONSIDERANDO: Que es conveniente, por las circunstancias actuales, dictar medidas que prevengan indebidos acaparamientos y precios excesivos del azúcar para el consumo interno;
En uso de los poderes de que estoy investido por la Ley sobre Medidas de Emergencia, Nº 2700, del 28 de enero de 1951, y en ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— El Administrador General del Banco de Crédito Agrícola e Industrial, señor Federico García Godoy, queda nombrado Control para las ventas de azúcares para el consumo nacional.
En consecuencia, serán obligatorias todas las tarifas y regulaciones que dicte dicho Control, con el fin de impedir precios excesivos de los azúcares para el consumo nacional y para asegurar una buena distribución de dicho producto según las necesidades del país.
Art. 2.— Toda violación a esas tarifas y regulaciones será castigada con las penas establecidas en la Ley sobre Medidas de Emergencia ya citada.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis días del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta y uno, años 107º de la Independencia, 88º de la Restauración y 21º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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