Texto de la norma
Decreto N° 7142 que concede la nacionalidad dominicana a los menores Julia Clotilde, Carlos Francisco, Leonardo Federico y Manuel Moisés Lamarche Salas.— G. O. N° 7248, del 17 de Febrero de 1951.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 7142.
VISTA la solicitud elevada en fecha 9 de Enero de 1951 al Poder Ejecutivo, por conducto de la Secretaría de Estado de lo Interior, Policía y Comunicaciones, por el Dr. Carlos Manuel Lamarche Henríquez;
VISTO el Párrafo I del artículo 25 de la Ley sobre Naturalización, agregado por la Ley N° 2665, del 31 de Diciembre de 1950, y en ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3° de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede la nacionalidad dominicana a los menores Julia Clotilde, Carlos Francisco, Leonardo Federico y Manuel Moisés Lamarche Salas, hijos del solicitante Doctor Carlos Manuel Lamarche Henríquez y nacidos, respectivamente, en Barquisimeto, Venezuela, el 7 de febrero de 1935; Puerto Cabello, Venezuela el 30 de Marzo de 1936; Puerto Cabello, Venezuela, el día 19 de Noviembre de 1937; en Puerto Cabello, Venezuela, el 19 de Octubre de 1933.
Art. 2.— Al alcanzar la edad de diez y ocho años, los menores favorecidos por el presente Decreto podrán optar definitivamente por la nacionalidad dominicana, en la forma prevista por el artículo 8 inciso 3° de la Constitución.
Art. 3.— Envíese a las Secretarías de Estado de lo Interior, Policía y Comunicaciones y Relaciones Exteriores y Culto, para fines de registro.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diez días del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta y uno, años 107° de la Independencia, 88° de la Restauración y 21° de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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