Texto de la norma
Decreto Nº 7134 que concede la nacionalidad dominicana al menor Gustavo César Tolentino.— G. O. Nº 7251, del 21 de Febrero de 1951.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 7134.
VISTA la solicitud elevada al Poder Ejecutivo por el señor Gustavo Tolentino, fechada en Kingston, Jamaica, el 12 de Enero del año en curso, por conducto de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores y Culto;
VISTO el Párrafo I del artículo 25 de la Ley sobre Naturalización, agregado por la Ley Nº 2665, del 31 de Diciembre de 1950, y en ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1.— Se concede la nacionalidad dominicana al menor Gustavo César Tolentino, hijo del solicitante, señor Gustavo Tolentino y nacido en Nueva York el 2 de Mayo de 1933.
Art. 2.— Al alcanzar la edad de diez y ocho años, el menor favorecido por el presente Decreto podrá optar definitivamente por la nacionalidad dominicana en la forma prevista por el artículo 8 inciso 3º de la Constitución.
Art. 3.— Envíese a las Secretarías de Estado de lo Interior, Policía y Comunicaciones y Relaciones Exteriores y Culto, para fines de registro.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los cuatro días del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta y uno, años 107º de la Independencia, 88º de la Restauración y 21º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
Reglamento Nº 7135 para la Dirección General de Bibliotecas.— G. O. Nº 7253, del 26 de Febrero de 1951.
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