Decreto Nº 7108 que jubila a la profesora Luisa Mallén de Frappier.— G. O. Nº 7253, del 26 de Febrero de 1951.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 7108.
VISTA la solicitud de jubilación hecha el 9 de enero de 1951 por la señora Luisa Mallén de Frappier, Profesora de Idiomas de la Escuela Normal "José Joaquín Pérez", de San Pedro de Macorís, quien se encuentra en imposibilidad de seguir prestando servicios por causa de enfermedad;
VISTA la Ley sobre Pensiones Civiles del Estado Nº 1313, del 29 de diciembre de 1946;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede el beneficio de la jubilación a la profesora Luisa Mallén de Frappier, y se le asigna una pensión del Estado de cincuenta y cuatro pesos oro (RD$54.00) mensuales.
Art. 2.— Dicha pensión será pagada con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintitres días del mes de enero del año mil novecientos cincuenta y uno, años 107º de la Independencia, 88º de la Restauración y 21º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona