miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 5261

SUSPENDE LAS EXONERACIONES CONCEDIDAS A LAS INDUSTRIAS Y NOMBRA UNA COMISION PARA CONOCER DE ALEGATOS

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
23 oct de 1959fecha
Cese, renuncia o revocacióntipo
G. O. 8415Gaceta Oficial del 1 ene de 1959
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 5261, que suspende las exoneraciones concedidas a las industrias, y nombra una Comisión para conocer de alegatos. G. O. Nº 8415, del 28 de Octubre de 1959. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 5261 CONSIDERANDO: Que el estado de emergencia declarado por la Ley Nº 5112, del 24 de abril del año en curso, 1959, que ratifica la Nº 2700 del 28 de enero de 1951, sobre Medidas de Emergencia, viene obligando al Gobierno de la República a adoptar las providencias que son indispensables para la debida protección de nuestra economía; CONSIDERANDO: Que la concesión y el mantenimiento de determinadas exoneraciones de impuestos, contribuciones o derechos fiscales, no se compadecen con la existencia de una situación de emergencia como la que confronta el país, puesto que es evidente que ellas repercuten desfavorablemente en la estabilidad del orden económico de la Nación; CONSIDERANDO: Que la Ley antes citada, al declarar aquel estado de emergencia, invistió al Poder Ejecutivo de los poderes necesarios para adoptar las providencias que considerare procedentes para garantizar la estabilidad económica y financiera del país; VISTA la Ley sobre Medidas de Emergencia Nº 5112, del 24 de abril de 1959, que ratifica la Nº 2700, del 28 de enero de 1951: En ejercicio de las atribuciones que me confieren el artículo 54 de la Constitución de la República y las Leyes de Emergencia antes citadas, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.—Las exoneraciones concedidas a las industrias quedan suspendidas. Art. 2.—Se nombra una Comisión para que las personas interesadas presenten sus alegatos. Art. 3.—Dicha Comisión estará compuesta por el Consultor Juridico del Poder Ejecutivo, un Subsecretario de Estado de Finanzas que señale el titular del Ramo y el Diputado Licenciado José Manuel Machado. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de octubre del mil novecientos cincuenta y nueve, años 116º de la Independencia, 97º de la Restauración y 30º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA,

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona