Texto de la norma
*reto
No. 3389, que concede la rehabilitacibn en todos 10s derechos civiles,
civicos, politicos y de familia a1 Doctor Julio' Cesar Brache Cberes
(G. 0. No. 8198 del 21 de diciembre de 1957)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA.
Presidente de la Repliblica Dominicana
Ndmero :' 3389
VISTO el expediente sometido a1 Poder Ejecutivo por la
Secretaria de Estado de Justicia, en relacidn con la solicitud de
rehabilitacibn del Doctor Julio CQar Brache Caceres ;
VISTA la sentencia pronunciada por la CBmara de lo Civil
y Comercial del Juzgado de Primera Instancia del Distrito Ju-
dizal de La Vega, en fecha 15 de noviembre del aiio en curso,
cuyo dispositivo declara que procede la rehabilitacibn solicitada ;
VISTOS los articulos 441 y 442 del Cddigo de Procedimien-
to Criminal, refqrmado por la Ley NQ 781, de fecha 15 de no-
viembre de 1934;
En eiercicio de Ias atribuaiones que me confiere el articulo
54 de la Constitucidn de la Rephblica, dicto el siguiente
DECRETO:
A
Art. 1.-
El Dotor Julio Chsar Brache CBceres, queda re-
'habilitado en todos 10s derechos civiles, civicos, politicos y de
familia, de que habia sido privado por efecto de la sentencia dic-
tada por la Corte de Apelacidn de Ciudad Trujillo en fecha 15
de marzo del 1953;
Art. 2.-
Enviese a1 Secretario de Estado de Justicia para
10s fin'es correspondientes.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Cavital de la
Rephblica Dominicana, a 10s dieciacis dias del mes de diciembre
de mil novecientos cincuenta y siete, aiios 1140 de la Indepen-
dencia, 959 de la Restauracidn y 280 de la Era de Trujillo.
HECTOR 33. TRUJILLO MOLINA.
c
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.