Texto de la norma
Decreto Nº 7874 que autoriza cambio en el nombre de la señora Llulia Kalaf de Achecar.— G. O. 7399, del 12 de Marzo de 1952.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 7874.
CONSIDERANDO: Que en fecha 16 de Julio del año en curso la señora Llulia Kalaf de Achecar, dominicana, mayor de edad, casada, domiciliada y residente en [domicilio omitido];
CONSIDERANDO: Que en fecha 8 del mes de Septiembre del año en curso la interesada hizo fijar por Alguacil en una de las puertas del Juzgado de Paz de la Común de San Francisco de Macorís, lugar de su nacimiento y residencia, un aviso en tal sentido, y que en fecha 3 de Agosto del año en curso hizo publicar en la Gaceta Oficial otro aviso con igual propósito informativo;
CONSIDERANDO: Que en fecha 30 de Noviembre del año en curso, el Procurador General de la República ha comunicado al Poder Ejecutivo no haberse producido ninguna oposición al deseo de la señora Llulia Kalaf de Achecar, en el sentido ya expresado;
VISTOS los artículos 81, 82 y 83 de la Ley sobre Actos del Estado Civil Nº 659, de fecha 17 de Julio de 1944, y en ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49 inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente,
DECRETO:
Art. 1.— La señora Llulia Kalaf de Achecar, de las generales indicadas, queda autorizada a cambiar su nombre por el de Julia Kalaf de Achecar.
Art. 2.— El presente Decreto se publicará en un diario de circulación nacional, además de en la Gaceta Oficial.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de diciembre del año mil novecientos cincuenta y uno, años 108º de la Independencia, 89º de la Restauración y 22º de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO,
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