Texto de la norma
Decreto N° 7740 que aprueba modificaciones en los Estatutos de la Asociación de Negociantes de Frutos del País, Inc. de San Pedro de Macorís. (Centro de Amistad y Socorro Mutuo, Inc.) — G. O. N° 7350, del 14 de Noviembre de 1951.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 7740.
VISTA la instancia que por conducto de la Procuraduría General de la República han elevado al Poder Ejecutivo los señores Domingo Mejía Castillo y José J. Martínez, en sus calidades de Presidente y Secretario respectivamente de la Asociación de Negociantes de Frutos del País Inc., de San Pedro de Macorís, en solicitud de que sean aprobadas las modificaciones introducidas en los Estatutos de dicha Sociedad por la Asamblea General celebrada en fecha 23 de Septiembre de 1950, y los documentos que la acompañan;
VISTAS las disposiciones de la Ley N° 520, del 26 de Julio de 1920, sobre Asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario.
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3° de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Quedan aprobadas las modificaciones introducidas en los Estatutos de la Asociación de Negociantes de Frutos del País, Inc., de San Pedro de Macorís, entre las cuales está comprendida el cambio de nombre de dicha Asociación, por el de Centro de Amistad y Socorro Mutuo, Inc.
Art. 2.— Dicha aprobación será efectiva tan pronto como dicha Asociación realice el depósito y la publicación a que se refiere el Art. 4 de la Ley ya citada.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dos días del mes de noviembre del año mil novecientos cincuenta y uno, años 108° de la Independencia, 89° de la Restauración y 22° de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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