Texto de la norma
Decreto Nº 5200 que autoriza a The Home Insurance Company of New York, a extender sus negocios de seguros maritimos en la República.— G. O. Nº 6811, del 3 de Julio de 1948.
RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO 5200.
VISTA la instancia elevada al Poder Ejecutivo por conducto de la Secretaría de Estado de Economía Nacional (Superintendencia de Seguros), en fecha 15 de Junio de 1948, por el señor David C. León, en su calidad de Gerente General de The Home Insurance Company of New York, Compañía de Seguros establecida en New York, Estados Unidos de Norte América, mediante la cual solicita, en representación de dicha compañía, la autorización legal necesaria para que la misma pueda extender sus negocios en la República en el ramo de Seguros Marítimos;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República, y vistas las disposiciones de la Ley sobre Compañías de Seguros, Nº 96, del 20 de Marzo de 1931, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— The Home Insurance Company of New York, establecida en New York, Estados Unidos de Norte América, queda autorizada para extender sus negocios en la República, en el ramo de Seguros Marítimos.
Art. 2.— Esta autorización no será efectiva mientras el Superintendente del Departamento de Seguros no haga la publicación prevista en el Art. 11 de la Ley sobre Compañías de Seguros, después que la Compañía cumpla ante dicho funcionario con todos los requisitos legales.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de junio del año mil novecientos cuarenta y ocho, años 105º de la Independencia, 85º de la Restauración y 19 de la Era de Trujillo.
RAFAEL L. TRUJILLO.
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