Texto de la norma
Decreto Nº 1044, que integra la Junta de Ornato y Embellecimiento de Higüey (G. O. No. 7892-Bis, del 1 de octubre de 1955)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 1044
VISTO el párrafo I, del artículo 5 de la Ley sobre Urbanización, Ornato Público y Construcciones, No. 675, del 14 de agos-
to de 1944, modificado por la Ley No. 1797, del 4 de septiembre de 1948;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 49, incisos 3º y 5º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— La Junta de Ornato y Embellecimiento de la Común de Higüey, estará integrada en lo adelante, de la siguiente manera: Dr. Ernesto C. Botello, Presidente, Dr. Amenodoro Pepén, Primer Vicepresidente, Agr. Pedro E. Valdez, segundo Vicepresidente, Emilio A. Méndez Núñez, Secretario, Lic. Amable A. Botello, Tesorero, y los señores, Dr. Rolando Cedeño Valdez, Amadeo Julián Pérez, Ing. Leopoldo Ortiz, Rodolfo Luis Caminero, Ramón Pumarol, Manuel Emilio Figueroa, Rafael G. Castillo, Miguel Valdez, Máximo L. Aristy Jiménez, y Lic. Rodolfo Valdez Santana, Vocales.
Art. 2.— Envíese a la Secretaría de Estado de Obras Públicas para los fines correspondientes.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintinueve días del mes de julio de mil novecientos cincuenta y cinco, Año del Benefactor de la Patria, 112º de la Independencia, 92º de la Restauración y 26º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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