Texto de la norma
Decreto Nº 9586, que concede provisionalmente la nacionalidad dominicana a la menor Julia María Tavárez Sánchez.—G.O.Nº 7684, del 24 de abril de 1954.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO 9586.
VISTA la solicitud elevada al Poder Ejecutivo por el señor Ingeniero Manuel Enrique Tavares Espaillat de fecha 25 de noviembre del año en curso, por conducto de la Secretaría de Estado de lo Interior, Policía y Comunicaciones, y los documentos que la acompañan;
VISTO el párrafo I del artículo 26 de la Ley sobre Naturalización, agregado por la Ley Nº 2665 de fecha 31 de diciembre de 1950;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3° de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede, provisionalmente, la nacionalidad dominicana a la menor Julia María Tavares Sánchez, nacida en la ciudad de Nueva York, Estados Unidos de América, el día 4 de noviembre del año en curso, hija del solicitante señor Ingeniero Manuel Enrique Tavares Espaillat.
Art. 2.— Al alcanzar la edad de 18 años, la menor favorecida por el presente Decreto, podrá optar definitivamente por la nacionalidad dominicana, en la forma prevista por el artículo 8 inciso 3° de la Constitución.
Art. 3.— Envíese a las Secretarías de Estado de lo Interior, Policía y Comunicaciones, y de Relaciones Exteriores y Culto, para los fines de registro.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los trece días del mes de diciembre del año mil novecientos cincuenta y tres, años 110° de la Independencia, 91° de la Restauración y 24° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA
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