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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2189

QUE HACE OBLIGATORIA LA SIEMBRA DE HABICHUELAS EN LOS FOMENTOS DE CAÑA DE GRAN CULTURA

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
25 oct de 1956fecha
Designacióntipo
G. O. 8044Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 2189 CONSIDERANDO: Que la siembra de habichuelas se puede hacer simultáneamente con la de la caña, entre calle y calle, mien- tras las plantas de caña no hayan crecido más de seis pulgadas, y que lejos de perjudicar dicho cultivo a estas últimas, las beneficia notablemente, toda vez que la habichuela es una planta leguminosa que fertiliza el terreno con el nitrógeno que recibe del aire; CONSIDERANDO: Que durante los meses de octubre y noviembre de cada año es la época apropiada para la siembra de habichuelas, coincidiendo precisamente con la temporada de la siembra de caña de gran cultura; VISTAS las Leyes No. 2700, del 28 de enero del 1951 y No. 2873, del 5 de mayo del 1951, y sus modificaciones; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— La Comisión de Defensa del Azúcar y Fomento de la Caña procederá inmediatamente a requerir de los Ingenios Azucareros que ordenen a sus departamentos de campo hacer siembras intercalares de habichuelas en los fomentos de caña de gran cultura que se están ejecutando en la actualidad para ser cosechados durante la zafra 1957-1958. Art. 2.— En lo sucesivo, durante el último trimestre de cada año, la nombrada Comisión procederá a requerir de los Ingenios Azucareros hacer siembras intercalares de habichuelas en los fomentos de caña de gran cultura en la forma indicada en el artículo anterior. Art. 3.— La Comisión de Defensa del Azúcar y Fomento de la Caña, queda encargada de hacer ejecutar y cumplir el presente Decreto. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, capital de la República Dominicana, a los veinticinco días del mes de octubre de mil novecientos cincuenta y seis, años 113° de la Independencia, 94 de la Restauración y 27° de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona