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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 8214

que nombra al Dr. Tulio Franco y Franco, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República de Haití

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
26 abr de 1952fecha
Designacióntipo
G. O. 7422Gaceta Oficial del 7 may de 1952
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Tulio Franco y FrancoDesignaciónEmbajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República de Haití

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Tulio Franco y Franco · Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República de Haití

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 26 may de 1952. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

    Otros 16 decretos con este nombre →

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 8214, que nombra al Dr. Tulio Franco y Franco, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República de Haití. (G. O. No. 7422, del 7 de mayo de 1952) RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 8214. En virtud de las atribuciones que me confiere el Artículo 49, inciso 5º de la Constitución de la República, DECRETO: UNICO.— El Doctor Tulio Franco y Franco queda nombrado Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República de Haití. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintiseis días del mes de abril del año mil novecientos cincuenta y dos, años 109º de la Independencia 89º de la Restauración y 22º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona