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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 8047

QUE AUTORIZA AL SEÑOR AGRIPINO PEÑA LEBRON A HACER CAMBIOS EN SU NOMBRE

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 feb de 1952fecha
Otrostipo
G. O. 7330Gaceta Oficial del 20 feb de 1952
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 8047, que autoriza al señor Agripino Peña Lebrón a hacer cambios en su nombre (G. O. No. 7390, del 20 de Febrero de 1952) RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 8047 CONSIDERANDO que en fecha 15 de Octubre de 1951, el señor Agripino Peña Lebrón, dominicano, mayor de edad, soltero, de este domicilio y residente en [domicilio omitido], con cédula de identificación personal [omitida], fué autorizado a realizar los procedimientos requeridos por la ley para cambiar su nombre por el de Juan Alberto Peña Lebrón, por ser este el que desea usar; CONSIDERANDO que fecha 27 del mes de noviembre del año 1951, el interesado hizo fijar por Alguacil en la puerta del Juzgado de Paz de la Primera Circunscripción del Distrito Judicial de Santo Domingo, un aviso en tal sentido, y que en fecha 1ro. de noviembre de 1951, hizo publicar en la Gaceta Oficial otro aviso con igual propósito informativo; CONSIDERANDO que en fecha 4 de febrero del año en curso el Procurador General de la República ha comunicado al Poder Ejecutivo no haberse producido ninguna oposición al deseo del señor Agripino Peña Lebrón, en el sentido ya expresado; VISTOS los artículos 81, 82 y 83 de la Ley sobre Actos del Estado Civil, No. 659, de fecha 17 de Julio de 1944, y en ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3° de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO Art. 1.— El señor Agripino Peña Lebrón, de las generales indicadas, queda autorizado a cambiar su nombre por el de Juan Alberto Peña Lebrón. Art. 2.— El presente decreto se publicará en un diario de circulación nacional, además de en la Gaceta Oficial. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana a los nueve días del mes de febrero del año mil novecientos cincuenta y dos, años 108° de la Independencia, 89° de la Restauración y 22° de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona