miércoles, 14 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 984

QUE MODIFICA EL ARTICULO 4 DEL DECRETO NO. 945, DEL 16 DE JUNIO DE 1955.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 jul de 1955fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 7859Gaceta Oficial del 9 jul de 1955
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 984, que modifica el artículo 4 del Decreto No. 945, del 16 de junio de 1955. (G. O. No. 7859, del 9 de julio de 1955) HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana Número: 984. VISTA la Ley de Registro de Tierras, No. 1542, de fecha 11 de octubre de 1947, y sus modificaciones; En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3o., de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: UNICO.— Se modifica el artículo 4 del Decreto No. 945, del 16 de junio de 1955, para que rija del siguiente modo: "Art. 4.— Vencido el plazo de quince días, una Comisión compuesta por el Secretario de Estado de Justicia y Trabajo, quien la presidirá; el Secretario de Estado de Finanzas, el Presidente del Tribunal de Tierras, el Abogado del Estado y el Administrador General de Bienes Nacionales, procederá en la oficina del primero a dar apertura a las proposiciones recibidas y se preferirá la oferta más económica y más conveniente para los intereses del Estado, debiendo tenerse en cuenta el crédito profesional, la moralidad y la competencia del agrimensor proponente". DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los cinco días del mes de julio de mil novecientos cincuenta y cinco, AÑO DEL BENEFACCTOR DE LA PATRIA, 112º de la Independencia, 92º de la Restauración y 26º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona