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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 7292

QUE INSTITUYE EL "DIA DEL LIBRO"

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
10 abr de 1951fecha
Otrostipo
G. O. 7276Gaceta Oficial del 21 abr de 1951
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 7292 que instituye el "Día del Libro".— G. O. Nº 7276, del 21 de Abril de 1951. GENERAL HECTOR B. TRUJILLO MOLINA Secretario de Estado de Guerra, Marina y Aviación Encargado del Poder Ejecutivo NUMERO 7292. CONSIDERANDO: Que la producción bibliográfica dominicana ha alcanzado, en los últimos años, un desarrollo extraordinario, y que cada día es mayor el interés de nuestras clases populares por ese importante aspecto de la cultura humana; CONSIDERANDO: Que el gobierno que preside el Generalísimo Doctor Rafael L. Trujillo Molina ha puesto el mayor empeño en poner el libro al alcance de todas las clases del país, particularmente de las clases trabajadoras y de los estudiantes, y que con ese fin han sido abierta, en la capital de la República y en otras ciudades del país, bibliotecas circulantes, y se ha fomentado la creación, en todos los centros de enseñanza, así urbanos como rurales, de bibliotecas escolares; CONSIDERANDO: Que el 23 de Abril conmemora el mundo de habla española el aniversario de la muerte de Miguel de Cervantes, Príncipe de los ingenios de nuestra lengua y autor de uno de los libros de que se enorgullecen con más justo título las letras universales; VISTO el artículo 3 in fine, de la Ley Nº 1642, del 14 de Febrero de 1948; En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: UNICO.— Se instituye el 23 de Abril de cada año como "Día del Libro", y se encarga a la Secretaría de Estado de Educación y Bellas Artes de conmemorar anualmente esa fecha con actos adecuados que tiendan a estimular en las clases populares y en la población escolar del país el amor a la lectura. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los diez días del mes de abril del año mil novecientos cincuenta y uno, años 108º de la Independencia, 88º de la Restauración y 21º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona