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Decreto

Decreto 2134

que priva temporalmente de licencia concedida al señor Antonio de la Cruz, para ejercer el oficio de Maestro Constructor de Obras

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
7 oct de 1956fecha
Otrostipo
G. O. 8049Gaceta Oficial del 10 nov de 1956
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 2134, que priva temporalmente de licencia concedida al señor Antonio de la Cruz, para ejercer el oficio de Maestro Constructor de Obras. G. O. Nº 8049, del 10 de noviembre de 1956. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 2134 CONSIDERANDO: Que el señor Antonio de la Cruz, Maestro Constructor de Obras, ha cometido violaciones a la Ley No. 675 de fecha 14 de agosto de 1944 y sus modificaciones, sobre Urbanización, Ornato Público y Construcciones, que han sido comprobadas en la Sección de Construcciones de la Secretaría de Estado de Obras Públicas, en diversas obras al frente de cuya construcción se encuentra el señor de la Cruz, en su indicada calidad; y que por tales transgresiones, que fueron objeto de sometimientos encaminados por la nombrada Secretaría de Estado, la Corte de Apelación de Ciudad Trujillo ha impuesto al señor de la Cruz las sanciones que le corresponden; CONSIDERANDO: Que tales actos evidencian una mala conducta notoria en el ejercicio del oficio de Maestro Constructor de Obras; VISTA la Ley No. 2006 del 22 de mayo de 1949; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, DECRETO: Art. 1.— El señor Antonio de la Cruz queda privado, por el término de un año, de la licencia expedida a su favor por la Secretaría de Estado de Obras Públicas en fecha 20 de mayo del año 1950, para el ejercicio del oficio de Maestro Constructor de Obras. Art. 2.— Comuníquese a la Secretaria de Estado de Obras Públicas, para los fines que sean de lugar. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la Re- pública Domniicana, a los siete días del mes de octubre de mil novecientos cincuenta y seis, años 113o. de la Independencia, 94o. de la Restauración y 27o. de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona