Texto de la norma
Decreto No. 2097 que concede provisionalmente nacionalidad dominicana a la menor Carmen Altagracia Imbert Brugal.— G. O. Nº 8063 del 7 de diciembre de 1956.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2097
VISTA la solicitud elevada al Poder Ejecutivo por la señora Marta Beatriz Brugal de Imbert en fecha 4 de septiembre del año en curso, por conducto de la Secretaría de Estado de lo Interior, y los documentos que la acompañan;
VISTO el Párrafo I del artículo 26 de la Ley sobre Naturalización, agregado por la Ley No. 2665 de fecha 31 de diciembre de 1950;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2o. de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede, provisionalmente, la nacionalidad dominicana a la menor Carmen Altagracia Imbert Brugal, nacida en
Ponce, Puerto Rico, el día 25 de noviembre de 1955, hija legítima de la solicitante señora Marta Beatriz Brugal de Imbert.
Art. 2.— Al cumplir la edad de 18 años, la menor favorecida por el presente Decreto podrá optar definitivamente por la nacionalidad dominicana, en la forma prevista por el artículo 12 inciso 3o. de la Constitución de la República.
Art. 3.— Envíese a las Secretarías de Estado de lo Interior, y de Relaciones Exteriores y Culto, para fines de registro.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treinta días del mes de septiembre de mil novecientos cincuenta y seis, años 113o. de la Independencia, 94o. de la Restauración y 27o. de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.