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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2086

que autoriza al Consejo Administrativo del Distrito Nacional a jubilar a los señores Rafael Bonilla G., Eudoro Canó Soñé y Mario Santiago Sanaba

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
28 sept de 1956fecha
Retiro, jubilación o pensióntipo
G. O. 8063Gaceta Oficial del 7 dic de 1956
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 2086 que autoriza al Consejo Administrativo del Distrito Nacional a jubilar a los señores Rafael Bonilla G., Eudoro Canó Soñé y Mario Santiago Sanaba.— G. O. Nº 8063 del 7 de diciembre de 1956. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 2086 VISTA la instancia elevada al Poder Ejecutivo por el Presidente del Consejo Administrativo del Distrito Nacional en fecha 20 de septiembre del año en curso; VISTO el artículo 162 de la Ley de Organización del Distrito Nacional No. 3456 de fecha 21 de diciembre de 1952; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 inciso 2o. de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: UNICO.— Se autoriza al Consejo Administrativo del Distrito Nacional, a asignar sendas pensiones a los señores Rafael Bonilla G., Eudoro Canó Soñé y Mario Santiago Sanabia, de RD$120.00, RD$90.00 y RD$33.00 mensuales, respectivamente, que serán pagadas con cargo al Presupuesto del Distrito Nacional, de cada año. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de septiembre de mil novecientos cincuenta y seis, años 113º de la Independencia, 94º de la Restauración y 27º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona