Texto de la norma
Decreto No. 3088, que autoriza al Ayuntamiento de Enriquillo a aceptar en donación un solar propiedad del Partido Dominicano.
(G. O. No. 8164, del 14 de septiembre de 1957)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 3088
VISTA la Resolución No. 7-57 dictada por el Ayuntamiento del Municipio de Enriquillo en fecha 12 de julio del año en curso, por la cual ese organismo solicita autorización para aceptar la donación de un solar que le hace el Partido Dominicano;
En virtud de las disposiciones contenidas en el párrafo único del Art. 106 de la Ley No. 3455 de fecha 21 de diciembre de 1952; de Organización Municipal;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.— Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio de Enriquillo a aceptar la donación que le hace el Partido Dominicano, de una porción de terreno de 5.50 metros de frente, por 50 metros de fondo ubicado en el Ensanche "Ramfis", de aquella localidad, para ser utilzado en la construcción del Palacio Municipal.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dos días del mes de septiembre del mil novecientos cincuenta y siete, años 114º de la Independencia, 95º de la Restauración y 28º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Reglamento No. 3089, para el cultivo del algodón.
(G. O. No. 8164, del 14 de septiembre de 1957)
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