Texto de la norma
Decreto No. 3023, que concede naturalización dominicana al señor Nicolás Meléndez Meléndez
(G. O. No. 8156, del 27 de agosto de 1957)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 3023
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de lo Interior ha elevado el señor Nicolás Meléndez Meléndez, de nacionalidad americana, natural de Orocoviz, Distrito de Ponce, Puerto Rico, mayor de edad, casado, comerciante, domiciliado y residente en [domicilio omitido], portador de la cédula de identificación personal [omitida] Nº 20516; en solicitud de que se le conceda el beneficio de la naturalización dominicana, y los documentos que la acompañan;
VISTA la Ley sobre Naturalización Nº 1683, del 16 de abril de 1948, y sus modificaciones;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54, inciso 2o. de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede la naturalización dominicana al señor Nicolás Meléndez Meléndez, de las generales indicadas.
Art. 2.— El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos del Gobernador Civil de la Provincia de Puerto Plata previo juramento de fidelidad a la República prestado ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.— El presente Decreto será registrado en las Secretarías de Estado de lo Interior, y de Relaciones Exteriores y Culto.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de agosto del mil novecientos cincuenta y siete, años 114º de la Independencia, 94º de la Restauración y 28º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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