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Texto
Texto de la norma
Decreto No. 2984, que jubila al señor Gabriel M. Imbert.
(G. O. No. 8155, del 24 de agosto de 1957)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 2984
CONSIDERANDO: Que el señor Gabriel M. Imbert reúne las condiciones que exige la ley sobre la materia para que pueda ser jubilado;
VISTA la Ley sobre Pensiones Civiles del Estado No. 1316, del 29 de diciembre de 1946;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2º, de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede el beneficio de la jubilación al señor Gabriel M. Imbert, y se le asigna una pensión del Estado de cincuenta pesos oro (RD$50.00) mensuales.
Art. 2.— Dicha pensión será pagada con cargo al Fondo de Pensiones y Jubilaciones Civiles de la Ley de Gastos Públicos.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintisiete días del mes de julio de mil novecientos cincuenta y siete, años 114º de la Independencia, 94º de la Restauración y 28º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona