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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 2847

que concede provisionalmente, la nacionalidad dominicana a las menores Dinorah Altagracia, Angeles Antonia y Pura María Rovira Lluberes

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 jun de 1957fecha
Naturalizacióntipo
G. O. 8136Gaceta Oficial del 21 jun de 1957
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 2847, que concede provisionalmente, la nacionalidad dominicana a las menores Dinorah Altagracia, Angeles Antonia y Pura María Rovira Lluberes. (G. O. 8136, del 21 de junio de 1957) HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana Número: 2847 VISTA la solicitud elevada al Poder Ejecutivo por el señor Rafael Rovira Frías en fecha 6 de junio del año en curso, por conducto de la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores y Culto, y los documentos que la acompañan; VISTO el Párrafo I del Artículo 26 de la Ley sobre Naturalización No. 1683 de fecha 16 de abril de 1948, agregado por la Ley No. 2665 de fecha 31 de diciembre de 1950; En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2° de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Se concede, provisionalmente, la nacionalidad dominicana a las menores Dinorah Altagracia, Angeles Antonia y Pura María Rovira Lluberes, nacidas en San Juan de Puerto Rico, en fechas 30 de septiembre de 1948, 24 de agosto de 1952 y 27 de noviembre de 1956, respectivamente, hijas del solicitante señor Rafael Rovira Frías. Art. 2.— Al cumplir la edad de 18 años, las menores favorecidas por el presente Decreto podrán optar definitivamente por la nacionalidad dominicana, en la forma prevista por el artículo 12 inciso 3° de la Constitución de la República. Art. 3.— Envíese a las Secretarías de Estado de lo Interior, y de Relaciones Exteriores y Culto, para fines de registro. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis días del mes de junio del mil novecientos cincuenta y siete, años 114° de la Independencia, 94° de la Restauración y 28° de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona