Texto de la norma
Decreto No. 2046, que concede el beneficio de la incorporaci6n a la Socie-
dad de Socorro Mutuo “Progreso de Haha”.-
G. 0. N. 8062 del
5 de diciembre de 1956.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la Republica Dominicana
NUMERO: 2046
VISTA la instancia que For conduct0 de la Secretaria de Estado
de Justicia y Trabajo ha elevado a1 Poder Ejecutivo el sefior Da-
niel Guante, en su calidad de Presidente de la Sociedad de Socorro
Mutuo “Progreso de Haina”, domiciliada en [domicilio omitido];
VISTAS las disposiciones de la Ley No. 520, del 26 de julio
de 1920, sobre asociaciones que no tengan por objeto un beneficio
pecuniario;
CONSIDERANDO: Que del estudio del expediente resulta que
se h a cumplido todas las condiciones y formalidades exigidas por
la Ley para obtener la incorporacion;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el articulo
54 de la Constitucibn de la Republica, dicto el siguiente
D E C R E T O :
Art. 1. -Se
concede el beneficio de la incorporacion a la So-
ciedad de Socorro Mutuo “Progreso de Haina”, asociaci6n domi-
ciliada en el Batey Ctutral, del Central Rio Haina, Secci6n Bajos
de Haina, Municipio de San Cristobal, Provincia Trujillo.
Art. 2.-
La incorporacion sera efectiva tan pronto romo la
Sociedad de Socorro Mutuo “Progreso de Haina” realice el dep6-
sito y la publicacion a que se refiere el articulo 4 de la Ley ya
citada.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la Re-
publica Dominicana, a 10s trece dias del mes de septiembre de mil
novecientos cincuenta y seis, anos 1130 de la Independencia, 940
de la Restauraci6n y 27 de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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