Texto de la norma
Decreto No. 2021, que autoriza una emisión de sellos semi-postales para la campaña contra el cáncer.— G. O. Nº 8026 del 15 de septiembre d e1956.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2021
VISTAS la Ley sobre Especies Timbradas No. 2461, del 18 de julio de 1950, y la Ley No. 3425 del 18 de noviembre de 1952;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Para los fines de cumplimiento del artículo 1 de la Ley No. 3425 del 18 de noviembre de 1952, se autoriza una emisión especial de 2,000,000 (DOS MILLONES) de sellos Semi-postales del tipo de RD$0.01 (un centavo) de valor facial.
Art. 2.— Estos sellos serán de forma rectangular, en tamaño de 35 milímetros de alto por 25 milímetros de ancho, en color rojo, con el siguiente diseño: en la parte superior y a todo lo largo se leerá “REPUBLICA DOMINICANA”; en el centro figurará el Emblema de la Liga Dominicana contra el Cáncer; en la parte superior izquierda llevará su valor facial en guarismo, en esta forma: 1c. en la parte inferior y a todo lo largo se leerá lo siguiente: LIGA DOMINICANA CONTRA EL CANCER.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro días del mes de septiembre de mil novecientos cincuenta y seis, años 113o. de la Independencia, 94o. de la Restauración y 27o. de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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