Texto de la norma
Decreto No. 1947, que concede provisionalmente la nacionalidad dominicana al menor Roger Ronán Paul Tomás Colón.— G. O. Nº 8060, del 1º de diciembre de 1956.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1947
VISTA la solicitud elevada al Poder Ejecutivo por el señor Angel Roger Tomás Torres en fecha 27 de julio del año en curso, por conducto de la Secretaría de Estado de lo Interior, y los documentos que la acompañan;
VISTO el Párrafo I del artículo 26 de la Ley sobre Naturalización, agregado por la Ley No. 2665 de fecha 31 de diciembre de 1950;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2o. de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. .— Se concede, provisionalmente, la nacionalidad dominicana al menor Roger Ronán Paul Tomás Colón, nacido en Fajardo, Puerto Rico, el día 28 de julio de 1954, hijo del solicitante Angel Roger Tomás Torres.
Art. 2.— Al cumplir la edad de 18 años, el menor favorecido por el presente decreto podrá optar definitivamente por la nacionalidad dominicana, en la forma prevista por el artículo 12 inciso 3 de la Constitución de la República.
Art. 3.— Envíese a las Secretarías de Estado de lo Interior, y de Relaciones Exteriores y Culto, para fines de registro.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cuatro días del mes de agosto de mil novecientos cincuenta y seis, Año del Benefactor de la Patria, 113o. de la Independencia, 93o. de la Restauración y 27o. de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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