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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 9296

que nombra a los señores Carlos Julio González y Juan Isidro Rodríguez Jiménez, Gobernadores Civiles de las Provincias Independencia y Santiago Rodríguez, respectivamente

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
31 ago de 1953fecha
Designacióntipo
G. O. 7610Gaceta Oficial del 30 sept de 1953
Poder Ejecutivoórgano
4personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Carlos Julio GonzálezDesignaciónEn sustitución de Luis Guzmán TaverasGobernador CivilProvincia Independencia
Luis Guzmán TaverasSustituido en el cargoGobernador CivilProvincia Independencia
Juan Isidro Rodríguez JiménezDesignaciónEn sustitución de Carlos Julio GonzálezGobernador CivilProvincia de Santiago Rodríguez
Carlos Julio GonzálezSustituido en el cargoGobernador CivilProvincia de Santiago Rodríguez

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Carlos Julio González · Gobernador Civil · Provincia Independencia

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 30 sept de 1953. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

    Otros 10 decretos con este nombre →

  • Juan Isidro Rodríguez Jiménez · Gobernador Civil · Provincia de Santiago Rodríguez

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 30 sept de 1953. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

    Otro decreto con este nombre →

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto N° 9296 que nombra a los señores Carlos Julio González y Juan Isidro Rodríguez Jiménez, Gobernadores Civiles de las Provincias Independencia y Santiago Rodríguez, respectivamente.— G.O. N° 7310, del 30 de Septiembre de 1953. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 9296. En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 79 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— El Señor Carlos Julio González queda nombrado Gobernador Civil de la Provincia Independencia, en sustitución del Señor Luis Guzmán Taveras. Art. 2.— El Señor Juan Isidro Rodríguez Jiménez queda nombrado Gobernador Civil de la Provincia de Santiago Rodríguez, en sustitución del Señor Carlos Julio González. Art. 3.— Dichas designaciones serán efectivas el día 1ro. de septiembre de 1953. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los treinta y un días del mes de agosto del año mil novecientos cincuenta y tres, años 110° de la Independencia, 91° de la Restauración y 24° de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona