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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 889

QUE INTEGRA LA COMISION HIPICA NACIONAL.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
29 may de 1955fecha
Comisión u organismotipo
G. O. 7839Gaceta Oficial del 1 jun de 1955
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 889, que integra la Comisión Hípica Nacional. (G. O. No. 7839, del 1 de junio de 1955) HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana Número: 889 VISTA la Ley que instituye la Dirección General de Deportes, No. 463 del 23 de diciembre de 1943, y sus modificaciones; VISTO el artículo 1º del Reglamento Hípico No. 6647 del 30 de junio de 1950, modicado por el Decreto No. 7410 del 28 de mayo de 1951; En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º, de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— A partir de la publicación del presente Decreto, la Comisión Hípica Nacional estará integrada del siguiente modo: Juan S. Mejía Pittaluga, Presidente; Moisés A. Pellerano, Tesorero; Ramón Antonio Tejeda F., Secretario. Art. 2.— Quedan derogadas todas las disposiciones que sean contrarias al presente Decreto. e DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca- pital de la Republica Dorninicana, a 10s 29 dias del mes de mayo de mil novecientos cincuenta y cinco, Aiio del Benefactor de la Patria, 112Q de la Independencia, 929 de la Restauracidn y 269 de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA. Decreta No. 890, que dispme la rescM6n del contrato concertado entre el Banco de Cr6dito Agricola e Industrial y las rentas “Loteria Nacional” Y administradas por el Estado, bajo el control de la Secretaria “Juego de Quinielas” y dispone ademas, que dichss rentas Sean de Estado de Finanzas. (G. 0. No. 7839, del 1 de junio de 1955) HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de Ea Repfiblien Dominicum Wumero: 890 CONSIDERANDO: Que el Banco de Crkdito Agricola e In- dustrial de la Repfiblica Dominicana, entidad a la cual le fuC con- fiada por contrato de fecha 20 de agosto del 1953, la administriz- cidn de la Loteria Nacional y del Juego de Quinielas, no presta f mayor inter& en las indicadas gestiones ; VISTA la Ley No. 3435 del 21 de noviembre del 1952, y sus modificaciones ; VISTA la Ley que regula la renta denominada Loteria Na- cional, No. 3657. del 13 de octubre del 1953 y sus modificacio nes, y la que regula el Juego de Quinielas, No. 4068, del 10 de rvarzo de 1955; En ejercicio de las atribucionnes que me confiere el articulo 49 de la Constituci6n de la Rep6blica, dicto e! siguiente DECRETO: Art. 1.- Se dispone la rescisi6n del contrato suscrito el 20 de agosto del 1953 por medio del cual se entreg6 en calidad de aJministraci6n y arrendamiento a1 Banco de CrCdito Agricoh e Industrial de la Repcblica Dorninicana, las rentas p6blicas denominadas “Loteria Nacional” y “Juego de Quinielas” A tal efecto el Secretario de Estado de Finanzas queda encargado de siiscribir a nombre del Estado Dominican0 el acto que sea ne- ??sari0 para llevar a cabo dicha rescisi6n. t

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona