Texto de la norma
Decreto No. 2184 que autoriza una emisión de Bonos del Banco de Crédito Agrícola e Industrial, por Valor de RD$6.000.000.00.— G. O. Nº 8044 del 31 de diciembre de 1956.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2184
VISTA la Resolución de la Junta Monetaria de fecha 11 de octubre de 1956, que aprueba la emisión de Bonos del Banco de Crédito Agrícola e Industrial de la República Dominicana por un valor total de seis millones de pesos oro (RD$6,000,000.00), con un término de hasta veinte (20) años, al 5% de interés anual, de conformidad con la Resolución del Consejo Directivo del indicado Banco del 5 de septiembre del mismo año;
VISTOS el artículo 20, inciso 2, de la Ley Orgánica del Banco de Crédito Agrícola e Industrial de la República Dominicana, modificado por la Ley No. 3639 del 30 de septiembre de 1953, la Ley No. 3646 del 5 de octubre de 1953, modificada por la Ley No. 3685 del 18 de noviembre del mismo año, y la Ley No. 4530 del 31 de agosto de 1956;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se autoriza la emisión de Bonos del Banco de Crédito Agrícola e Industrial de la República Dominicana, por un valor total de seis millones de pesos oro (RD$6,000,000.00), con un término de hasta veinte (20) años, al 5% de interés anual, de conformidad con las condiciones y especificaciones contenidas en la Resolución No. 554 de fecha 5 de septiembre de 1956, del Consejo Directivo del Banco de Crédito Agrícola e Industrial de la República Dominicana, aprobada por Resolución de la Junta Monetaria de fecha 11 de octubre del mismo año.
Art. 2.— Los bonos a que se refiere el artículo anterior, serán emitidos con las siguientes denominaciones:
20 Bonos de RD$100,000.00 — RD$2,000,000.00
5 " " 200,000.00 — 1,000,000.00
6 " " 500,000.00 — 3,000,000.00
RD$6,000,000.00
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de octubre de mil novecientos cincuenta y seis, años 113° de la Independencia, 94° de la Restauración y 27° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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