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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 8716

que nombra a los señores Julio Ibarra Fas y Enrique Arzeno Lora, Gobernadores Civiles de las Provincias Trujillo y Azua, respectivamente

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 dic de 1952fecha
Designacióntipo
G. O. 7505Gaceta Oficial del 16 dic de 1952
Poder Ejecutivoórgano
4personas nombradas

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Julio Ibarra FasDesignaciónEn sustitución de Enrique Arzeno LoraGobernador CivilProvincia Trujillo
Enrique Arzeno LoraSustituido en el cargoGobernador CivilProvincia Trujillo
Enrique Arzeno LoraDesignaciónEn sustitución de Julio Ibarra FasGobernador CivilProvincia de Azua
Julio Ibarra FasSustituido en el cargoGobernador CivilProvincia de Azua

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Julio Ibarra Fas · Gobernador Civil · Provincia Trujillo

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 8 ene de 1953. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

    Otros 20 decretos con este nombre →

  • Enrique Arzeno Lora · Gobernador Civil · Provincia de Azua

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 8 ene de 1953. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

    Otros 5 decretos con este nombre →

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 8716, que nombra a los señores Julio Ibarra Fas y Enrique Arzeno Lora, Gobernadores Civiles de las Provincias Trujillo y Azua, respectivamente. (G. O. No. 7505, del 16 de diciembre de 1952) HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana Número: 8716 En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 79 de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— El señor Julio Ibarra Fas queda nombrado Gobernador Civil de la Provincia Trujillo, en sustitución del señor Enrique Arzeno Lora. Art. 2.— El señor Enrique Arzeno Lora queda nombrado Gobernador Civil de la Provincia de Azua, en sustitución del señor Julio Ibarra Fas. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de diciembre del año mil novecientos cincuenta y dos, años 109° de la Independencia, 90° de la Restauración y 23° de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona