jueves, 15 de octubre de 2026 Análisis con inteligencia artificial propietariaCómo analizamos
Notifacto.

Donde los medios rinden cuentas

Búsqueda avanzada
Recibir las actualizaciones
HoyPunto ciegoMediosEstadoCerca de tiTemasCompararArchivoBúsqueda avanzada
HoyPunto ciegoMediosBuscarCerca
Notifacto.

Los medios rinden cuentas.

contacto@notifacto.com
ExplorarHistorias de hoyResumen diarioPrimiciasPunto ciegoMedios y propietariosMapa de mediosDinero público y mediosTemasComparar mediosNoticias cerca de tiArchivo de historiasBuscar noticias
El Estado bajo la lupaVigilancia al EstadoSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
NotifactoQuiénes somosMetodologíaDatos abiertosFundadorRecibir las actualizaciones Canal de sindicación
LegalCentro legalAviso legalTérminos de usoPrivacidadUso de inteligencia artificialRectificaciones y réplica
Cada pieza es analizada con inteligencia artificial propietaria de Notifacto. Puede contener errores: revisa siempre la evidencia enlazada.
ResumenSeñalesDineroInstitucionesPersonasEmpresas
FuncionariosDecretosRecién llegadosNóminaPatrimonioDeclaraciones
El Estado bajo la lupa

Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1803

QUE AGREGA UN PARRAFO AL ARTICULO 2 DEL DECRETO NO. 6823 DEL 19 DE SEPTIEMBRE DE 1950.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
5 jun de 1956fecha
Modifica o deroga normastipo
G. O. 7994Gaceta Oficial del 13 jun de 1956
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 1803 que agrega un párrafo al artículo 2 del Decreto No. 6823, del 19 de septiembre de 1950.— G. O. No. 7994 del 13 de junio de 1956. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1803 CONSIDERANDO: que en gran parte de las casas o edificios que se declaran peligro público por las autoridades competentes, están radicados establecimientos comerciales o industriales a cuyos propietarios afecta notablemente la medida en razón de los valores que representa su fondo de comercio, cuando no exista obligación para los propietarios de realquilar el inmueble de que se trate, una vez edificado de nuevo, reconstruído o reparado; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, y de las facultades de que estoy investido por la Ley No. 2700 sobre Medidas de Emergencia, de fecha 28 de enero de 1951, dicto el siguiente DECRETO: UNICO.— Se agrega un párrafo al artículo 2 del Decreto No. 6823 del 19 de septiembre de 1950, con el siguiente texto: "Párrafo.— Las disposiciones del presente decreto serán aplicables también en los casos en que las autoridades sanitarias ordenen el desalojo de los inquilinos con establecimientos comerciales o industriales en las casas o edificios declarados peligro público, para fines de destrucción y construcción de nueva edificación, reconstrucción o reparación. Para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente párrafo, el Secretario de Estado de Salud Pública informará al Control de Alquileres de Casas y Desahucios, de las declaraciones de peligro público que realicen las autoridades sanitarias, incluyendo los datos referentes al propietario y a los inquilinos". DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los cinco días del mes de Junio de mil novecientos cincuenta y seis, Año del Benefactor de la Patria, 113º Derogado y sustituido por Dec. 4807 de 1959 - G.O. 8364 de la Independencia, 93º de la Restauración y 27º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

Sigue explorando · Personas en el Estado

Todas las secciones →
  • FuncionariosCargo, sueldo, decretos y patrimonio de cada persona
  • Recién llegadosQuién entró a un cargo público y qué vínculos tenía
  • Nómina públicaQuién cobra en el Estado y cuánto, mes a mes
  • Cambios de patrimonioQuién más cambió entre dos declaraciones juradas
  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona