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Texto
Texto de la norma
Decreto Nº 1655, que autoriza pensión concedida por el Ayuntamiento del Municipio del Seibo.— G. O. Nº 7980, del 12 de mayo de 1956.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1655
VISTA la instancia elevada al Poder Ejecutivo por el Presidente del Ayuntamiento del Municipio del Seibo;
VISTO el artículo 184 de la Ley de Organización Municipal No. 3455 de fecha 21 de diciembre de 1952;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2o. de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.— Se autoriza al Ayuntamiento del Municipio del Seibo a asignar al señor Conrado Pellerano, Ayudante del Síndico Municipal, una pensión de RD$60.00 mensuales, que será pagada con cargo al Presupuesto de dicho Ayuntamiento, de cada año.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciocho días del mes de abril de mil novecientos cincuenta y seis, Año del Benefactor de la Patria, 113° de la Independencia, 93° de la Restauración y 26° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.
Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona