Texto de la norma
Decreto N° 1628, que concede la naturalización dominicana al señor José Antonio Padilla Silén.— G. O. N° 7976, del 2 de mayo de 1956.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1628
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de lo Interior, ha elevado el señor José Antonio Padilla Silén, de nacionalidad norteamericana, mayor de edad, soltero, empleado de comercio, domiciliado y residente en [domicilio omitido], portador de la cédula de identificación personal [omitida] para el año 1956, en solicitud de que se le conceda el beneficio de la naturalización dominicana; y los documentos que la acompañan;
VISTA la Ley sobre Naturalización No. 1683, del 16 de abril de 1948;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2o. de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede la naturalización dominicana al señor José Antonio Padilla Silén, de las generales indicadas.
Art. 2.— El beneficiario recibirá la carta de naturalización de manos del Gobernador Civil de la Provincia de Santiago previo juramento de fidelidad a la República prestado ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.— El presente decreto será registrado en las Secretarías de Estado de lo Interior, y de Relaciones Exteriores y Culto.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de abril de mil novecientos cincuenta y seis, Año del Benefactor de la Patria, 113° de la Independencia, 93° de la Restauración y 26° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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