Texto de la norma
Decreto Nº 1566, que concede el beneficio de la incorporación al Centro Recreativo y Cultural "24 de Octubre" de Villa Duarte, Ciudad Trujillo.— G O. Nº 7973 del 27 de abril de 1956.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 1566
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Justicia y Trabajo ha elevado al Poder Ejecutivo el
seiior William Gautreaux en su calidad de Presidente del Centro
Recreativo y Cultural “24 de Octubre”, domiciliado en [domicilio omitido];
VISTAS las disposiciones de la Ley No. 520, del 26 de ju-
lio de 1920, sobre asociaciones que no tengan por objeto un be-
neficio pecuniario;
CONSIDERANDO: Que del estudio del expediente resulta
que se han cumplido todas las condiciones y formalidades exigi-
das por la Ley para obtener la incorporaci6n;
En ejercicio de la atribucion que me confiere el articulo 54,
inciso Zo., de la Constitucion de la Republica, dicto el siguiente,
D E C R E T O :
Art. 1.-
Se concede el beneficio de la incorporaci6n a1 Cen-
tro Recreativo y Cultural “24 de Octubre”, asociacion domicilia-
da en Villa Duarte, Ciudad Trujillo.
Art. 2.-
La incorporacion seri efectiva tan pronto como el
Centro Recreativo y Cultural “24 de Octubre” realice el deposi-
to y la publicaci6n a que se refiere el articulo 4 de la ley ya
citada.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nxional, Capital de
la Republica Dominicana, a 10s doce dias del mes de marzo de
mil novecientos cincuenta y seis, Aiio del Benefactor de la Pa-
tria, 113’ de la Independencia, 939 de la Restauracion y 26p de
la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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