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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1510

que nombra al Doctor Cirilo José Castellanos, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República Argentina

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
16 feb de 1956fecha
Designacióntipo
G. O. 7962Gaceta Oficial del 24 mar de 1956
Poder Ejecutivoórgano
1persona nombrada

Personas que nombra En verificación

PersonaQué dice el decretoCargo e institución
Cirilo José CastellanosDesignaciónEmbajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República Argentina

Leídas del texto del decreto: puede haber errores de lectura. El enlace con otras fuentes es por nombre y puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Seguimiento Por nombre

Después del decreto: la declaración jurada de patrimonio de cada persona designada, sus cargos anteriores y si hoy dirige la institución.

  • Cirilo José Castellanos · Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República Argentina

    Declaración jurada: el plazo estimado venció el 17 mar de 1956. Notifacto la comprobará en la lista de la Cámara de Cuentas cuando el directorio oficial de funcionarios registre la designación.

    Otros 30 decretos con este nombre →

El cruce con el directorio oficial de funcionarios y con la lista de declaraciones juradas de la Cámara de Cuentas es por nombre (y, en la declaración, por el número del decreto): puede tratarse de otra persona con el mismo nombre.

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 1510, que nombra al Doctor Cirilo José Castellanos, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República Argentina.— G. O. Nº 7962, del 24 de marzo de 1956. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO: 1510 En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, DECRETO: UNICO.— El doctor Cirilo José Castellanos queda nombrado Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de la República en la República Argentina. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis días del mes de febrero del mil novecientos cincuenta y seis, Año del Benefactor de la Patria, 112º de la Independencia, 93º de la Restauración y 26º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.

Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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  • Declaraciones pendientesQuién no presentó su declaración jurada a tiempo

Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona