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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 9141

que revoca por un año los exequáturs concedidos a los Ingenieros José Octavio Reyes y Francisco José Atáñez.— G.O, Nº 7581, del 11 de julio de 1953

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
2 jul de 1953fecha
Cese, renuncia o revocacióntipo
G. O. 7581Gaceta Oficial
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 9141, que revoca por un año los exequáturs concedidos a los Ingenieros José Octavio Reyes y Francisco José Atáñez.— G.O, Nº 7581, del 11 de julio de 1953. HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 9141. CONSIDERANDO: Que el artículo 8 de la Ley sobre Exe- quátur de Profesionales N° 111 de fecha 3 de noviembre de 1942 dá facultad al Poder Ejecutivo para privar, hasta por un año, del exequátur correspondiente a los profesionales que hayan incurrido en casos de mala conducta notoria en el ejercicio de su profesión; CONSIDERANDO: Que los Ingenieros José Octavio Reyes y Francisco José Atánez suscribieron en fecha 30 de julio de 1952 un contrato para la construcción del Hospital de la ciudad de Monte Cristi; que la forma como condujeron su actuación no sólo originó la necesidad de proceder a la rescisión del contrato con el consiguiente perjuicio para el Estado Dominicano, sino que efectuada ésta se ha suscitado un verdadero problema que afecta a un considerable número de personas, especialmente de la clase obrera, lo que ha determinado, por su trascendencia social, la intervención del Departamento del Trabajo; que frente a tales hechos que implican fraude y engaño, procede tomar una medida ejemplorizadora que sirva de sanción y correctivo; En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3° de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Quedan revocados, durante un año a partir del presente Decreto, los exequátures concedidos a los Ingenieros José Octavio Reyes y Francisco Atánez para el ejercicio de su profesión. Art. 2.— Envíese a la Secretaría de Estado de Obras Públicas y Riego para los fines pertinentes. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dos días del mes de julio del año mil novecientos cincuenta y tres, años 110° de la Independencia, 90° de la Restauración y 24° de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona