Texto de la norma
Decreto Nº 9099 que autoriza la impresión de una emisión de sellos de correos.— G.O. Nº 7575. del 20 de Junio de 1953.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 9099.
VISTA la Ley sobre Especies Timbradas Nº 2461 del 18 de julio de 1950, publicada en la Gaceta Oficial Nº 7151 y en
ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3° de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se autoriza la siguiente emisión de sellos de correos para el franqueo de la correspondencia ordinaria:
2,000.000 (DOS MILLONES) de sellos del tipo de RD$0.05 (CINCO CENTAVOS) en tamaño de 40 milímetros de ancho por 28 milímetros de alto.
Art. 2.— Los citados sellos deberán imprimirse sobre fondo blanco en color azul marino y sepia, de manera que el azul marino sea una orla en el márgen izquierdo, igual a la altura del sello, con un ancho de 5 milímetros; a partir de dicha orla, en sentido horizontal en el espacio restante de lo ancho del sello, en el margen superior se leerá: "República Dominicana", también en color azul marino. En el margen inferior, en color sepia y en caracteres pequeños, en dos líneas se leerá: "Industria Azucarera Dominicana", "Central Río Haina"; sobre la orla en caracteres blancos, en sentido vertical se leerá: "CORREOS", debajo de este en sentido horizontal aparecerá además del valor del sello, el signo de centavos oro. En la parte central aparecerá una vista panorámica del Central Rio Haina.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los dieciseis días del mes de junio del año mil novecientos cincuenta y tres, años 110° de la Independencia, 90° de la Restauración y 24° de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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