Texto de la norma
Decreto No. 1343, que concede naturalización dominicana a los señores León Donnenfeld y su esposa Sura Donnenfeld, y Adrián González Muñoz (G. O. No. 7937, del 18 de enero de 1956)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 1343
VISTAS las instancias que por conducto de la Secretaría de Estado de lo Interior, han elevado los señores León Donnenfeld, de nacionalidad rumana, mayor de edad, casado, comerciante, portador de la cédula de identificación personal [omitida] para el año 1955, su esposa Sura Donnenfel, de nacioalidad rumana, mayor de edad, casada, de quehaceres del hogar, ambos domiciliados y residentes en [domicilio omitido]. Trujillo, Ciudad Trujillo, Distrito Nacional; y Adrián Gónzales Muñoz, de nacionalidad costarricense, natural de la Provincia de San José, Costa Rica, mayor de edad, casado, oficinista, domiciliado y residente en [domicilio omitido], portador de la cédula de identificación personal [omitida] para el año 1955, en solicitud de que se les conceda el beneficio de la naturalización dominicana, y los documentos que las acompañan;
VISTA la Ley sobre Naturalización No. 1683 de fecha 16 de abril de 1948, y sus modificaciones;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2º de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede la naturalización dominicana a los señores León Donnenfeld y su esposa Sura Donnenfeld; y Adrián González Muñoz, de las generales indicadas.
Art. 2.— Los beneficiarios recibirán sus cartas de naturalización de manos de los Gobernadores Civiles de las provincias de sus respectivos domicilios, previo juramento de fidelidad a la República prestado ante dichos funcionarios, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.— El presente Decreto será registrado en las Secretarías de Estado de lo Interior, y de Relaciones Exteriores y Culto.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los diez días del mes de diciembre de mil novecientos cincuenta y cinco, Año del Benefactor de la Patria, 112º de la Independencia, 93º de la Restauración y 26º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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