Texto de la norma
Decreto No. 1334, que crea e integra la Junta Coordinadora de Alojamiento para Visitantes a la Feria de la Paz y Confraternidad del Mundo Libre
(G. O. No. 7925, del 21 de diciembre de 1955)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 1334
CONSIDERANDO: Que no obstante el Gobierno haber construído cuatro modernos hoteles de primera categoría y haber propiciado la construcción de otros hoteles de propiedad privada, se hace necesario poner en práctica nuevas medidas que tiendan a ofrecer a los visitantes el mayor número posible de alojamiento;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se crea, por le presente, la Junta Coordinadora de Alojamientos para los visitantes a la Feria de la Paz y Confraternidad del Mundo Libre.
Art. 2.— Dicho organismo tendrá por objeto gestionar y obtener las más amplias facilidades de alojamiento en casas
particulares cuyos propietarios lo ofrezcan o consientan voluntariamente, a los visitantes con motivo de la Feria de la Paz y Confraternidad del Mundo Libre, sean procedentes del interior del país o del extranjero. Con el fin antes indicado la Junta designada hará los arreglos y convenirá los acuerdos que sean necesarios con los propietarios de las casas a que antes se ha hecho referencia.
Art. 3.— La Junta Coordinadora de Alojamiento estará integrada de la manera siguiente:
El Director General de Turismo, quien la presidirá; el Presidente de la Cruz Roja Dominicana, el Presidente de la Junta del Partido Dominicano en el Distrito Nacional, el Control de Alquileres de Casas y Desahucios y el Ayudante del Gobernador Civil del Distrito Nacional.
Art. 4.— En el ejercicio de las funciones que se le encomiendan, dicha Junta podrá dictar cuantas medidas y reglamentaciones considere útiles con el fin de que se ofrezcan las mayores facilidades de alojamiento a las personas que nos visiten con motivo de la Feria de la Paz y Confraternidad del Mundo Libre. En particular, colaborará con las autoridades sanitarias para que dichos alojamientos se mantengan en las mejores condiciones higiénicas.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los ocho días del mes de diciembre de mil novecientos cincuenta y cinco, Año del Benefactor de la Patria, 112º de la Independencia, 93º de la Restauración y 26º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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