Texto de la norma
Decreto No. 1310, que concede provisionalmente la nacionalidad dominicana a las menores Vivian Ivonne y María Luisa Buttle Martínez.
(G. O. No. 7921, del 10 de diciembre de 1955)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 1310
VISTA la solicitud elevada al Poder Ejecutivo por el señor Thomas James Butler en fecha 16 de noviembre del año en cur-
so, por conducto de la Secretaría de Estado de lo Interior, Policía y Comunicaciones, y los documentos que la acompañan;
VISTO el Párrafo I del artículo 26 de la Ley sobre Naturalización, agregado por la Ley Nº 2665 de fecha 31 de diciembre de 1950;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3o. de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECERTO:
Art. 1.— Se concede. provisionalmente, la nacionalidad dominicana a las menores Vivian Ivonne y María Luisa Butler Martínez, nacidas en Santa Marta, República de Colombia, en fechas 31 de mayo de 1953 y 1o. de febrero de 1955, respectivamente, hijas legítimas del solicitante señor Thomas James Butler y su esposa señora María Luisa Martínez de Butler.
Art. 2.— Al cumplir la edad de 18 años, las menores favorecidas por el presente Decreto podrán optar definitivamente por la nacionalidad dominicana, en la forma prevista por el artículo 8, inciso 3o. de la Constitución de la República.
Art. 3.— Envíese a las Secretarías de Estado de lo Interior, Policía y Comunicaciones, y de Relaciones Exteriores y Culto, para fines de registro.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de noviembre de mil novecientos cincuenta y cinco, Año del Benefactor de la Patria, 112º de la Independencia, 93º de la Restauración y 26º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.