Decreto No. 1291, que modifica el inciso 5 del artículo 2 del Decreto No. 9941 del 20 de mayo de 1954
(G. O. No. 7916, del 30 de noviembre de 1955)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 1291
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3o., de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.— Se modifica el inciso 5 del artículo 2 del Decreto Nº 9941 de fecha 20 de mayo del 1954, para que se lea del siguiente modo:
"5.— DE PLAYA
INGLESA.— Desde Cabo Beata hasta Cabo Mongón. Asiento en el puerto no habilitado de Juancho"
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los doce días del mes de noviembre de mil novecientos cincuenta y cinco, Año del Benefactor de la Patria, 112º de la Independencia, 93º de la Restauración y 26º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona