Texto de la norma
Decreto No. 2277 que concede naturalización dominicana a la señorita Juana Bueno Tamame.— G. O. Nº 8071 de 24 de diciembre de 1956.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2277
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de lo Interior, ha elevado la señorita Juana Bueno Tamame, de nacionalidad española, natural de Peveruela, Provincia de Zamora, España, mayor de edad, soltera, de ocupación quehaceres domésticos, domiciliada y residente en [domicilio omitido], portadora de la cédula de identificación personal [omitida] Nº 17449 para el año 1956, en solicitud de que se le conceda el beneficio de la naturalización dominicana, y los documentos que la acompañan;
VISTA la Ley sobre Naturalización Nº 1683, del 16 de abril de 1948, y sus modificaciones;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 54 inciso 2o. de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede la naturalización dominicana a la señorita Juana Bueno Tamame, de las generales indicadas.
Art. 2.— La beneficiaria recibirá la carta de naturalización de manos del Gobernador Civil de la Provincia Espaillat, previo juramento de fidelidad a la República prestado ante dicho funcionario, de todo lo cual se redactará acta que deberá publicarse en la Gaceta Oficial.
Art. 3.— El presente Decreto será registrado en las Secretarías de Estado de lo Interior, y de Relaciones Exteriores y Culto.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los veintiocho días del mes de noviembre de mil novecientos cincuenta y seis, Años 113º de la Independencia, 94º de la Restauración y 27º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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