Texto de la norma
Decreto No. 2041 que instruye al C. A. del Dto. Nl. para que revoque las Resoluciones No. 32/56 y 45/46, relativas al establecimiento de áreas o zonas verdes.— G. O. Nº 8026 del 15 de septiembre de 1956.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2041
CONSIDERANDO: Que las Resoluciones No. 32/56 de fecha 28 de marzo de 1956 y No. 45/56 del 25 de abril del mismo año contienen disposiciones que perjudican los intereses generales del país, lo que hace necesario la intervención del Poder Ejecutivo;
VISTA la Ley de Organización del Consejo Administrativo del Distrito Nacional No. 3456 de fecha 21 de diciembre de 1952;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.— Se declara que las Resoluciones No. 32/56 de fecha 28 de marzo de 1956 y No. 45/56 del 25 de abril del mismo año, que contienen, entre otras disposiciones, las relativas al establecimiento de áreas o zonas verdes, no se avienen al interés nacional por oponerse y contrariar el fomento de la economía nacional y el interés social en la inversión de nuevos capitales tal como lo consagra el artículo 94 de la Constitución. En consecuencia, se censura enérgicamente esas providencias del Consejo Administrativo del Distrito Nacional, y se instruye expresamente a ese organismo para que dicte las disposiciones pertinentes a fin de que queden sin valor ni efecto las Resoluciones precedentemente citadas, violadoras de cánones constitucionales.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los once días del mes de septiembre de mil novecientos cincuenta y seis, años 113º de la Independencia, 94º de la Restauración y 27 de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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