Texto de la norma
Decreto No. 2012, que autoriza al Doctor Enrique de Marchena y Dujarric a aceptar y usar condecoraciones extranjeras.— G. O. N° 8061 del 4 de diciembre de 1956.
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana
NUMERO: 2012
VISTA la instancia elevada al Poder Ejecutivo por el Doctor Enrique de Marchena y Dujarric, mediante la cual solicita la autorización necesaria para poder aceptar y usar las condecoraciones de la Orden del Libertador Simón Bolívar, que en el grado de Gran Cordón le ha otorgado el Gobierno de Venezuela, y la de las Palmas Magisteriales, que en el grado de Cruz de 1a. Clase le ha conferido el Gobierno del Perú;
VISTAS las disposiciones de la Ley No. 1325 del 13 de enero de 1947, y el Reglamento No. 4157 del 4 de febrero del mismo año;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 54 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se autoriza al Doctor Enrique de Marchena y Dujarric a aceptar y usar las condecoraciones de la Orden del Libertador Simón Bolívar, que en el grado de Gran Cordón le ha otorgado el Gobierno de Venezuela, y la de las Palmas Magisteriales, que en el grado de Cruz de 1a. Clase le ha conferido el Gobierno del Perú.
Art. 2.— Comuníquese a la Secretaría de Estado de Relaciones Exteriores y Culto, para los fines del registro correspondiente.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito Nacional, Capital de la República Dominicana, a los treintiun días del mes de agosto de mil novecientos cincuenta y seis, 113o. de la Independencia, 94o. de la Restauración y 27o. de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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