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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 5409

que declara sin efecto las restricciones a que están sujetos los nacionales de Italia para realizar registros de marcas de fábrica, de comercio y de patentes de invención

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
25 oct de 1948fecha
Otrostipo
G. O. 6853Gaceta Oficial del 6 nov de 1948
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto Nº 5409 que declara sin efecto las restricciones a que están sujetos los nacionales de Italia para realizar registros de marcas de fábrica, de comercio y de patentes de invención.— G. O. Nº 6853, del 6 de Noviembre de 1948. RAFAEL LEONIDAS TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana NUMERO 5409. CONSIDERANDO: Que se han restablecido las relaciones diplomáticas entre la República e Italia; En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º, de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— A contar del presente Decreto, se declaran sin efecto las restricciones para realizar registros de marcas de fábrica, de comercio y de patentes de invención a que estaban sujetos los nacionales de Italia, en virtud del artículo 1 de la Ley Nº 336, del 23 de Julio de 1943, publicada en la Gaceta, Oficial Nº 5949, del 23 de Julio del mismo año. Art. 2.— La fecha de publicación del presente Decreto se declara oficialmente como punto de partida para el cálculo del plazo de seis meses que establece el artículo 5 de la Ley ya mencionada, para presentar a la soberana decisión del Poder Ejecutivo todas las peticiones o reclamaciones tendientes a determinar a quién debe corresponder el registro definitivo de las marcas o patentes italianas que hayan sido objeto de la concesión de registros provisionales en favor de otras personas, en virtud de la Ley ya citada. Dichas peticiones o reclamaciones deberán someterse al Poder Ejecutivo por conducto de la Secretaría de Estado de Economía Nacional. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veinticinco días del mes de octubre del año mil novecientos cuarenta y ocho, años 105º de la Independencia, 86º de la Restauración y 19º de la Era de Trujillo. RAFAEL L. TRUJILLO.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona