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Abriendo el decreto…

Decreto

Decreto 1276

SOBRE REQUISITOS A LLENAR PARA EL DESEMPEÑO DE CIERTOS TECNICOS EN EL SERVICIO DE PESAS Y MEDIDAS.

Documento original (Consultoría Jurídica) →Consultar normas en ChatLeyes →
9 nov de 1955fecha
Otrostipo
G. O. 7914Gaceta Oficial del 23 nov de 1955
Poder Ejecutivoórgano

Texto

Texto de la norma
Decreto No. 1276, sobre requisitos a llenar para el desempeño de ciertos técnicos en el Servicio de Pesas y Medidas (G. O. No. 7914, del 23 de noviembre de 1955) HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA Presidente de la República Dominicana Número: 1276 VISTO el artículo 16 de la Ley sobre Pesas y Medidas, No. 3925 del 17 de septiembre de 1954; En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 49, inciso 3º, de la Constitución de la República, dicto el siguiente DECRETO: Art. 1.— Se consideran cargos técnicos para el Servicio Nacional de Pesas y Medidas los siguientes: Los de Metrólogos Jefes de Secciones; Jefes de Oficinas Regionales; Verificadores; Verificadores Auxiliares; Inspectores Especiales; Electricistas; Mecánico Jefe de Taller; Laboratoristas; Auxiliares de Mecánicos; Auxiliares de Laboratorios e Inspectores. Art. 2.— Los aspirantes a estos cargos deberán reunir las calificaciones siguientes: a) Para los cargos de Metrólogos o Jefes de Secciones, poseer título de Ingeniero Civil o de Arquitectos de la Universi- dad de Santo Domingo, o certificado de haber aprobado las materias correspondientes a esas disciplinas. b) Para los cargos de Jefes de Oficinas Regionales, Verificadores, Verificadores Auxiliares o Laboratoristas, poseer, por lo menos, títulos de Agrimensores o certificados de haber sido aprobados en las materias correspondientes a los tres primeros cursos de la Ingeniería Civil o de Arquitectura. c) Para los cargos de Inspectores Especiales, poseer, por lo menos, títulos de Maestros Normales o de Bachilleres en Ciencias Físicas y Matemáticas, o que presenten certificados de haber sido aprobados en las materias correspondientes a esos grados. d) Para los cargos de Mecánico Jefe de Taller, poseer, por lo menos certificados de haber sido aprobado en Mecánica o Automecánica de un Instituto, o Escuela de Artes y Oficios reconocida. e) Para los cargos de Inspectores Auxiliares de Mecánica o Auxiliares de Laboratorios, poseer, por lo menos, certificados correspondientes a los cursos de la Educación Intermedia. f) Quienes no posean los títulos o certificados correspondientes, indicados en este Decreto, para tener derecho a ser inscritos en el Registro de aspirantes que será presentado al Poder Ejecutivo para la selección del personal correspondiente a los diversos cargos del Servicio Nacional de Pesas y Medidas, deberán presentar exámenes por ante los jurados que serán designados al efecto y ser aprobados en las materias contenidas en el programa que prepare la Dirección General del Servicio Nacional de Pesas y Medidas, con la aprobación del Secretario de Estado de Industria, Comercio y Banca. Art. 3.— La Dirección General del Servicio Nacional de Pesas y Medidas abrirá un Registro para inscribir a los aspirantes que llenen los requisitos establecidos en el presente Decreto. Art. 4.— Las materias correspondientes a la Metrología y Metrología Legal son obligatorias para todos los aspirantes a Cargos en el Servicio Nacional de Pesas y Medidas, y los exá- menes de capacitación en esas materias serán rendidos por ante la Dirección General del Servicio Nacional de Pesas y Medidas. DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los nueve días del mes de noviembre de mil novecientos cincuenta y cinco, Año del Benefactor de la Patria, 112º de la Independencia, 93º de la Restauración y 26º de la Era de Trujillo. HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.

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Texto del corpus legal de ChatLeyes, el asistente legal con IA de República Dominicana.

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Fuente: Consultoría Jurídica del Poder Ejecutivo (decretos y resoluciones de la Gaceta Oficial y la Colección de Leyes), leídos del corpus legal de ChatLeyes. Notifacto no publica cédulas, domicilios ni datos de contacto, con copia guardada por Notifacto. Las señales se detectan con inteligencia artificial propietaria de Notifacto: son motivos para mirar, no acusaciones, y pueden contener errores. La ley de cada señal, con ChatLeyes. Cómo funciona