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Texto de la norma
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DECRETO:
UNIC0.-
IAS seiiores S. Salvador Ortiz, Presidente de la
Comisi6n de Defensa del Azbcar y Foment0 de la Caiia y Hans
E. Priestcr, Consultor Econ6mico de la misma Comisibn, que-
chn nombrados para representar a la Repbblica, en la Sexta Se-
si6n del Consejo Internacional del Azhw, que se celebrara en
Londres a partir del 28 de noviembre de 1955.
DADO en Cindad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Ca-
pital de la Repcblica Dorninicana, a 10s cuatro dias del mes de
Noviembre de mil novecientos cincuenta y cinco, Aiio del BE-
NEFACTOR DE LA PATRIA, 1129 de la Independencia, 939
de la Restauracibn y 269 de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUILLO MOLINA
Decreta No. 1289, que modiiica el articulo 3 del Decreta No. 1222, sobre h-
pxsi6n de una emisi4n de seW postales para la
"Proteccih a la Infancia"
(0. 0. No. 7910, del 12 de noviembre de 1955)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la Reptiblicu Dominicuna
h'bmero: 1269
VISTAS la Ley sobre Especies Timbradas No. 2461, del
18 de julio de 1950, y la Ley No. 2552, del 19 de noviembre de
1960;
En ejercicio de la atribuci6n que me confiere el inciso 3Q
articulo 49 de la Constituci6n de la Repfiblica, uicto el siguiente
DECRETO:
UNIC0.-
Se modifica el articulo 2 del Decreto No. 1222,
de fecha 13 de octubre del 1955, para que rija del siguiente mo-
30 :
"Art. 2.-
Estos sellos serin de forma rectangular en ta-
maiio de 42 milimetros de alto por 22 milimetros de ancho,
en color violeta, con el siguiente diseiio: en la parte supe-
rior y A todo el ancho llevara sendas inscripciones, una que
diga REPUBLICA DOMINICANA, e inmediatamente de-
bajo de esto, per0 en caracteres mas reducidos, la otra que
diri: ERA DE TRUJLLO. En la parte central la figura
de ANGELITA UNICA, REINA DE LA FERIA DE LA PAZ Y CONFRATERNIDAD DEL MUNDO LIBRE, en pie y con las manos enlazadas, y la leyenda PROTECCION A LA INFANCIA".
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los cuatro días del mes de noviembre de mil novecientos cincuenta y cinco, Año del Benefactor de la Patria, 112º de la Independencia, 93º de la Restauración y 26º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
Decreto No. 1270, que concede la incorporación a la Sociedad de Socorro Mutuo y Fines Culturales "Unión y Esfuerzo", de Ciudad Trujillo.
(G. O. No. 7910, del 12 de noviembre de 1955)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 1270
VISTA la instancia que por conducto de la Secretaría de Estado de Justicia y Trabajo han elevado al Poder Ejecutivo en fecha 18 de agosto de 1955, los señores Virgilio Yoy y César Ramón Vizcaíno, Presidente y Secretario, respectivamente de la Sociedad de Socorro Mutúo y Fines Culturales "UNION Y ESFUERZO" de Ciudad Trujillo, en solicitud de la incorporación de esa asociación, de conformidad con la ley de la materia;
VISTAS las disposiciones de la Ley No. 520, del 26 de julio de 1920, sobre asociaciones que no tengan por objeto un beneficio pecuniario;
CONSIDERANDO: Que del estudio del expediente resulta que se han cumplido todas las condiciones y formalidades exigidas por la Ley para obtener la incorporación;
En ejercicio de la atribución que me confiere el artículo 49, inciso 3º, de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
Art. 1.— Se concede el beneficio de la incorporación a la Sociedad de Socorro Mutúo y Fines Culturales "UNION Y ESFUERZO", asociación domiciliada en [domicilio omitido]
Cédulas, pasaportes, teléfonos, correos y domicilios tapados por Notifacto. Texto extraído del PDF original (en los documentos antiguos, por reconocimiento de imagen): puede tener errores de lectura.