Texto de la norma
Decreto No. 1249, que autoriza la imposición del Gran Collar de la Orden de Honor y Mérito de la Cruz Roja Dominicana, al Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, Benefactor de la Patria y Padre de la Patria Nueva (G. O. No. 7922, del 14 de diciembre de 1955)
HECTOR BIENVENIDO TRUJILLO MOLINA
Presidente de la República Dominicana
Número: 1249
CONSIDERANDO: que al Generalísimo Doctor Rafael Leo-
nidas Trujillo Molina, Benefactor y Padre de la Patria Nueva, le corresponde de pleno derecho el Gran Collar de la Orden de Honor y Mérito de la Cruz Roja Dominicana, en la condición que tenía de Presidente de la República y Jefe Supremo de los servicios de la Cruz Roja Nacional cuando fué votada la Ley Nº 384 del 11 de septiembre de 1943;
CONSIDERANDO: que la actuación del Presidente Trujillo en el primer mes de la Era Gloriosa instaurada con su nombre, fué heroica desde que asumió la Presidencia de la Cruz Roja del país y expuso su vida durante la campaña misericordiosa de socorros a las víctimas del calamitoso huracán del 3 de septiembre de 1930 que destruyó la antigua ciudad capital de la República, de cuya reconstrucción es autor prodigioso;
CONSIDERANDO: que el Presidente Trujillo confirió en 1932, a la Cruz Roja Dominicana, el carácter de institución oficial del Estado, de fines humanitarios, confirmado por la Ley orgánica Nº 525 del 19 de febrero de 1944, la cual vincula a la Cruz Roja de nuestro país, por medio de convenciones internacionales, con la Liga de Sociedades de la Cruz Roja;
CONSIDERANDO: que durante los veinticinco años de actividades de la Cruz Roja Dominicana bajo la Presidencia de Honor y autoridad suprema del Benefactor de la Patria, se ha manifestado en esta institución la sensibilidad del corazón magnánimo y espíritu generoso de su más insigne auspiciador, en actos de filantropía y humanidad que han trascendido de la Nación Dominicana al campo internacional;
En reconocimiento de los servicios beneméritos de humanidad, caridad y asistencia social prestados por el Generalísimo Dr. Rafael Leonidas Trujillo Molina;
VISTA la Ley Nº 384 del 11 de septiembre de 1943 cuyo artículo 1o. me atribuye la Dirección del Consejo de la Orden de Honor y Mérito de la Cruz Roja Dominicana; visto el artículo 11 de la Ley sobre la Cruz Roja Dominicana, Nº 525 del 19 de febrero de 1944, y visto el Decreto Nº 1246 del 23 de octubre de 1955 que nombra a los miembros que completan el Consejo de dicha Orden;
En ejercicio de las atribuciones que me confiere el artículo 9 de la Constitución de la República, dicto el siguiente
DECRETO:
UNICO.— Imponer el Gran Collar de la Orden de Honor y Mérito, Gran Cruz, en grado superior, de la Cruz Roja Dominicana, al Generalísimo Doctor Rafael Leonidas Trujillo Molina, Benefactor y Padre de la Patria Nueva.
DADO en Ciudad Trujillo, Distrito de Santo Domingo, Capital de la República Dominicana, a los veintitrés días del mes de octubre de mil novecientos cincuenta y cinco, Año del Benefactor de la Patria, 112º de la Independencia, 93º de la Restauración y 26º de la Era de Trujillo.
HECTOR B. TRUJILLO MOLINA.
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